Se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la homologación de la emergencia y/o desastre agropecuario a las producciones ganaderas, citrícolas, arroceras, tabacaleras y hortícolas a cielo abierto, afectadas por sequía, en una decena de departamentos de la provincia de Corrientes.
La decisión fue publicada este lunes 30 de octubre a través de la Resolución 1620/2023 con la firma del ministro de Economía, Sergio Massa, y avala lo aconsejado por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el pasado 14 de septiembre.
Así, ahora el Ejecutivo da por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de julio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 a las producciones ganaderas, citrícolas, arroceras, tabacaleras y hortícolas a cielo abierto, afectadas por sequía, en los Departamentos de Curuzú Cuatiá, Mercedes, Monte Caseros, Paso de los Libres, Sauce, Bella Vista, Esquina, Goya, Lavalle y San Roque de la Provincia de Corrientes.
Estos departamentos sufrieron los efectos por las escasas lluvias registradas y los bajos niveles de reservas hídricas durante los meses de enero a julio de 2023, que determinaron condiciones de sequía en el sector agropecuario, por el término de seis meses a partir del 1 de julio de 2023, prorrogable por el mismo periodo.
En ese sentido, la anterior declaración de emergencia agropecuaria por sequía se había aprobado hasta el 31 de julio, por lo cual se estaba esperando la prórroga por parte del Ejecutivo Nacional.
ALCANCES DE LA MEDIDA
Con la medida publicada este lunes en el Boletín Oficial, se determina que el 31 de diciembre de 2023 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, las productoras y productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
En la medida se indica que el Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de las productoras y productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.